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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/059/16 / Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 20 de abril de 2016
LA PROCURADURÍA CAPITALINA DEBERÁ INFORMAR SOBRE CASOS DE GEOLOCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL

La Procuraduría General de Justicia (PGJDF) de la Ciudad de México deberá informar a un particular cuántas solicitudes de localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación realizó durante el año 2015, cuántas solicitó a la autoridad judicial federal y a los distintos concesionarios, así como número de averiguaciones previas que le han requerido y en cuántas se ejerció acción penal.

Así lo determinó el Pleno del INFODF en sesión pública, al analizar un recurso de revisión en el que un particular realizó varios cuestionamientos relativos a la geolocalización, entre ellos, solicitudes que fueron enviadas a cada persona o empresa, duración mínima, máxima y promedio del monitoreo de la localización geográfica, número de averiguaciones en las que se decretó el no ejercicio de la acción penal, cuántas se archivaron, cuáles permanecen abiertas, entre otros.

La Procuraduría respondió su imposibilidad de proporcionar la información en el grado de desglose requerido porque sus bases de datos no le permiten el rastreo de las estadísticas, ni las tiene de manera digitalizada.

El particular se inconformó con la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF) con el argumento de que la dependencia no fundó ni motivo adecuadamente la negativa de información.

Al analizar el caso, los comisionados ciudadanos Luis Fernando Sánchez Nava y Alejandro Torres Rogelio se pronunciaron a favor de que la PGJDF proporcione la información como la tenga en sus archivos o de lo contrario fundamente y motive adecuadamente porqué no la detenta.

El comisionado ciudadano Torres Rogelio resaltó la coyuntura en la que se resuelve este recurso de revisión toda vez que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJ) analiza el amparo que interpusieron unos ciudadanos en contra del artículo 190, fracción II, de la ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Recordó que el INFODF en agosto de 2014, también interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra dicha ley al considerar que la geolocalización vulnera los derechos humanos de los ciudadanos como es la invasión a la vida privada y la libertad de tránsito.

Dijo que hay preocupación por la utilización de este mecanismo para localizar a una persona “no se trata de impedir la acción de la justicia en el combate al delito, pero no se puede ofrecer seguridad a cambio de reducir la protección a otros derechos como la privacidad y la protección de datos. El Estado tiene que garantizar la protección de todos los derechos para todos”.

Elsa Bibiana Peralta Hernández, comisionada ciudadana, coincido en que es un tema de importancia a nivel internacional y se manifestó a favor de que la Procuraduría capitalina otorgue la información porque sólo se trata de estadísticas.

En su oportunidad, el comisionado presidente Mucio Israel Hernández Guerrero propuso al Pleno analizar la posibilidad de recurrir a una instancia internacional para apelar contra la geolocalización y el almacenaje de datos personales como mensajes de texto, correos electrónicos y llamadas a celulares, porque las calificó de medidas excesivas.

“Necesitamos reconsiderar si vamos a una instancia internacional y medir todas las consecuencias porque sería iniciar un litigio contra el Estado”, añadió.

Durante la sesión de este miércoles se resolvieron 38 recursos de revisión en materia de acceso a la información.

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