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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/139/16/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 30 de septiembre de 2016
APRUEBA COMISIÓN JURÍDICA DEL SNT PROPUESTAS PARA MODIFICAR LINEAMIENTOS SOBRE FACULTAD DE ATRACCIÓN

La Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) aprobó, por unanimidad, enviar propuestas al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para modificar los linemientos referentes a la facultad de atracción que tiene dicha instancia federal.

Luis Fernando Sánchez Nava, comisionado ciudadano del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF) y coordinador de la Comisión Jurídica explicó que a propuesta de las coordinaciones regionales Sur y Norte del SNT, se buscará reformar los lineamientos en la materia por considerar que algunos de sus artículos son excesivos y no están previstos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP)

La comisionada presidenta del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) y coordinadora de la región Sur, Yoli García Álvarez expuso que los lineamientos generan confusión sobre el procedimiento para solicitar la facultad de atracción, sobre todo cuando el órgano garante es el sujeto recurrido. “Estamos preocupados y queremos generar una discusión para establecer acuerdos y maneras uniformes de actuar”.

El Comisionado Presidente del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública (IDIP) Héctor Octavio Carriedo Sáenz, presentó un posicionamiento en el que considera que los lineamientos sobrepasan lo dispuesto en la LGTAIP ya que incorpora elementos no acordes a los establecidos, como son los consejos consultivos y el tablero único de control.

Al respecto, dijo que no existen bases jurídicas para que los integrantes de los consejos consultivos emitan opiniones relativas a la relevancia de los recursos de revisión que se interpongan ante los órganos garantes.

Durante la sesión de trabajo de esta comisión, el secretario ejecutivo del SNT, Federico Guzmán Tamayo aclaró que la atracción es una facultad que no se ejercerá en todos los casos y deberán que acreditarse los requisitos de interés y trascendencia. Explicó que la petición para ejercer la facultad de atracción es exclusiva de los órganos garantes de cada entidad.

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