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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/027/20/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 14 de febrero de 2020
  • El acceso a la información pública facilita y potencia el ejercicio de otros derechos humanos como el de la salud, aseguró la Comisionada Ponente Marina San Martín Rebolloso.
  • En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos analizaron y resolvieron un recurso sobre los controles de calidad de una vacuna aplicada en una clínica de la Ciudad de México.


La Secretaría de Salud debe proporcionar la información del proveedor encargado de abastecer la vacuna de influenza al Centro de Salud T-III “Dr. José Castro Villagrán”, así como la documentación del servidor público que acreditó los estándares de calidad y el reporte de control de la licitación pública para la compra de esa vacuna, instruyó el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).



Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada ponente Marina San Martín Rebolloso consideró que este caso destaca la importancia del acceso a la información pública porque facilita y potencia el ejercicio de otros derechos humanos como el de la salud, previsto en el artículo noveno, Apartado D, de la Constitución Política de la Ciudad de México.



Informó que una persona solicitante requirió la documentación sobre la adquisición de la vacuna de influenza que se aplicó el 22 de octubre de 2019 en un Centro de Salud ubicado en la Alcaldía Coyoacán.



Tras recibir la solicitud, el Sujeto Obligado respondió que no era competente para atender la petición, por lo que remitió las preguntas a los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, ante lo cual la persona solicitante se inconformó con la respuesta y presentó un recurso de revisión ante el INFO.



San Martín Rebolloso consideró que la Secretaría de Salud capitalina tiene una Jefatura de Unidad Departamental de Control de Calidad de Medicamentos, por lo que debe contar con la información solicitada y atender las peticiones de la persona recurrente.



Destacó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como vacunas a cualquier preparación destinada a generar inmunidad contra una enfermedad, estimulando la producción de anticuerpos, y el método más habitual para administrar las vacunas es la inyección.



Además, conforme a lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, todas las vacunas deben ser aplicadas por personal capacitado, mismo que deberá entregar a cada beneficiario el comprobante específico o la Cartilla correspondiente, con sello de la institución o, en su caso, firma y número de la cédula profesional del responsable.



La Comisionada Ciudadana recordó que durante la temporada invernal 2019 en la Ciudad de México se llevó a cabo la campaña de vacunación contra la influenza, en la que se dio prioridad a niñas y niños menores de cinco años.



De acuerdo con datos publicados por el Centro Nacional para la Infancia y Adolescencia -refirió-, entre los años 2010 a 2014 se incrementó ocho por ciento la tasa de mortalidad por enfermedades respiratorias en niños menores de cinco años, de ahí la importancia de este tema.



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