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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/075/16 / Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 27 de mayo de 2016
LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA EMITE CIRCULAR DONDE ESTABLECE EL RESPETO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN

El titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México, Hiram Almeida Estrada, emitió una circular a todos los elementos de esa dependencia donde estableció el respeto, así como la prohibición de prácticas intimidatorias, censuras o amenazas, en contra de los medios de comunicación al momento de ejercer la libertad de expresión e información, revela la respuesta a una solicitud analizada por el INFODF.

Un particular requirió a la SSP conocer si existía alguna circular donde Almeida Estrada instruyó a todos los trabajadores y elementos policiacos la obligación de garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información y prohibir la obstaculización de los mismos, como lo requirió la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) en la recomendación 11/2014.

En su primera respuesta, la institución de seguridad pública capitalina respondió que se había dado atención a la recomendación de la CDHDF y dicha circular se elaboró con todas las observaciones. Sin embargo, no proporcionó una copia del documento específico de la solicitud.

Al no quedar conforme con la contestación, el particular presentó un recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF) donde manifestó que la SSP únicamente le había proporcionado textos donde le advierten la elaboración de una circular, sin emitir una copia de la misma.

Posteriormente, en una respuesta complementaria la dependencia capitalina informó la recomendación 11/2014 de la CDHDF sobre “Violaciones a los derechos humanos de personas profesionales de los medios de comunicación que ejercen su derecho a la información mediante acciones de documentación ciudadana”, emitió la circular 002 a sus subsecretarios, directores generales y ejecutivos de área donde se instituyó lo siguiente: (Se trascribe en forma textual)

CIRCULAR

Primero.- Se hace del conocimiento a todo el personal que labora en la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, que toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y alterar información y opiniones e ideas de cualquier índole, utilizando cualquier medio.

Segundo.- Todo personal adscrito a esta Secretaría tiene la obligación de respetar el libre ejercicio del derecho a la libertad de expresión y a la información evitando en todo momento censura al obstaculizar el ejercicio de dichos derechos.

Tercero.- Queda prohibido cualquier forma de intimidación, amenaza y uso excesivo de la fuerza en contra de quien se dediquen de manera esporádica o regular a obtener, recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o promover, información por cualquier medio, así como la destrucción material de medios de comunicación.

Cuarto.- Toda violación por parte de personal de esta Secretaria al libre ejercicio del derecho de libertad de expresión y a la información será sancionada en los términos de Ley, conforme a las responsabilidades que determinen las autoridades competentes al efecto.

Quinto.- La presente Circular surte efectos a partir de la fecha de su suscripción.” (Sic)

Tras emitir esta respuesta complementaria en donde la SSP proporcionó copia de la circular, el Pleno del INFODF determinó sobreseer el recurso de revisión y dejar sin efecto alguna observación a la dependencia policiaca.

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